jueves, 12 de noviembre de 2015

La protección prevista en la Ley de Defensa de la Competencia

La Ley de negociación FERIA 1.986 protege a los consumidores mediante la prohibición de la conducta equívoca o engañosa en el comercio. También:

prohíbe ciertos tipos específicos de conducta engañosa y tergiversaciones
prohíbe determinadas prácticas comerciales desleales
establece las normas de seguridad y las normas de información al consumidor
ofrece a los consumidores con los remedios para la conducta que viole la Ley
La Ley se aplica a cualquiera que participan en el comercio. "El comercio" se da una definición amplia e incluye cualquier tipo de negocio, industria, profesión, ocupación, actividad comercial, o de la empresa en relación con el suministro o adquisición de bienes o servicios. También incluye la compra o venta u otra disposición o adquisición de cualquier interés en la tierra. Si necesita ayuda con la constitución de empresas visite: http://vll.com.uy/

La ley se aplica a todos los aspectos del negocio, incluyendo la publicidad, precios, técnicas de venta y acuerdos de financiación.

Conducta fraudulenta o engañosa, y tergiversaciones
La Ley de negociación FERIA 1.986 prohíbe la gente en el comercio de incurrir en una conducta equívoca o engañosa, o conducta que pueda inducir a error o engaño. Por lo general, llevan a cabo que las infracciones de esta regla se clasificarán tanto conducta engañosa y conducta engañosa, y por lo tanto la persona o empresa en cuestión será responsable en virtud de las partidas.

Para que exista una violación de la ley es irrelevante si hubo una intención de engañar o inducir a error: la pregunta es si la conducta podría resultar engañosa o equívoca. Del mismo modo, no es necesario que alguien que ha sufrido una pérdida o que han sido directamente afectados por la conducta en cuestión con el fin de que exista una violación de la ley.

Además de esta norma general contra la conducta equívoca o engañosa, la Ley también prohíbe específicamente ciertos tipos de comportamiento, incluyendo:

conducta que pueda inducir a error al público sobre la naturaleza, el proceso de fabricación, las características, o cantidad de los bienes o sobre su idoneidad para un propósito en particular
conducta que pueda inducir a error al público sobre la naturaleza, características o cantidad de los servicios, o sobre su idoneidad para un propósito en particular
en relación con una oferta de trabajo, conducta que es equívoca o engañosa, o puede inducir a error o engaño, en cuanto a la disponibilidad, la naturaleza, términos, condiciones, o cualquier otro asunto relacionado con el empleo
representaciones falsas o engañosas sobre el precio, estándar, calidad, lugar de origen o de la historia de los bienes, o sobre un determinado uso o beneficio de los bienes, o que los bienes tienen un aval o aprobación especial
representaciones falsas o engañosas sobre el precio, estándar o de calidad de los servicios, o que los servicios tienen un aval o aprobación especial
Prácticas comerciales desleales
La ley también prohíbe ciertas prácticas comerciales desleales, tales como:

ofreciendo incentivos engañosos
bienes de publicidad o servicios a un precio determinado cuando la persona no tiene intención de proporcionarles a ese precio durante un período razonable y en cantidades razonables, o no tiene motivos razonables para creer que eso se puede hacer
exigir o aceptar el pago sin la intención de suministrar los bienes o servicios de que se trate
hacer declaraciones falsas o engañosas acerca de la rentabilidad, riesgo u otro aspecto relevante de una actividad empresarial que se dice que es capaz de ser llevado desde la casa de una persona
invitando a la gente a participar o participar en una actividad empresarial que requiera el trabajo o en el trabajo y la inversión, mientras que tergiversar la rentabilidad, riesgo u otro aspecto relevante de la actividad empresarial
uso de la fuerza física, el acoso o coacción en relación con la alimentación o el posible suministro de bienes o servicios, o el pago por ellos
planes de venta piramidal (ver Cómo evitar esquemas de venta piramidal)
¿Qué significa el término "bienes" incluye?
En la Ley de negociación FAIR 1986 "mercancías":

bienes personales (es decir, no la tierra) de todo tipo, tangibles o intangibles
"Productos" también incluye específicamente:

buques, aeronaves y vehículos
animales (incluidos los peces)
minerales, árboles y cultivos (ya sea que estén en, debajo o unidos a la tierra o no)
gas y electricidad
agua

software de ordenador

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